Empresa 1 (pasos y requisitos para montar SL)Empresa 1 (pasos y requisitos para montar SL)

Si ya has decidido de entre todos los tipos de sociedades qué es lo que más encaja en tus necesidades, te enseñamos el proceso completo de constitución que deberás llevar a cabo para crear tu empresa y los requisitos que deberás cumplir para poder hacerlo.

Requisitos

Hay 5 requisitos básicos para poder constituir una SL en España: tener una denominación social, un capital de solamente 1 €, que todos los socios tengan DNI o NIE, que el administrador de la sociedad esté dado de alta como autónomo societario y una cuenta bancaria a nombre de la Sociedad.

·      Toda Sociedad debe tener un nombre, o denominación social, que no debe coincidir con ninguno de los nombres que ya están registrados. Por ello es imprescindible obtener un certificado negativo de denominación social. Este certificado debe solicitarse al Registro Mercantil Central.

·      Hasta hace poco, había que tener un capital social de 3.000 euros, en dinero en efectivo o en bienes muebles o inmuebles. Sin embargo, desde el pasado octubre se puede constituir una sociedad aportando solamente 1€ de capital social cumpliendo una serie de requisitos.

·      Que todos los socios y/o administradores de la Sociedad dispongan de un DNI o NIE que les identifique. En caso de que alguno sea persona jurídica será necesario tener el NIF.

·      Cada Sociedad Limitada debe tener obligatoriamente al menos un administrador. El administrador de la Sociedad debe estar dado de alta como autónomo societario y abonar la correspondiente cuota a la Seguridad Social.

·      Tener una cuenta bancaria a nombre de la Sociedad.

Pasos

A modo de resumen, los pasos fundamentales para poder constituir una Sociedad Limitada en España son: en primer lugar, solicitar el nombre de la sociedad y, una vez conseguido, abrir una cuenta bancaria a ese nombre. Después, redactar los estatutos sociales y formalizar la escritura de constitución ante notario, con esto podrás –y deberás- solicitar el NIF provisional con lo que podrás empezar a operar. Luego, dar la sociedad de alta en la Agencia Tributaria de cara al pago de IVA e impuestos e inscribirla en el Registro Mercantil correspondiente. Por último, deberás solicitar el NIF definitivo.

Solicitar la denominación social

El primer paso es asegurarte de que no existe otra empresa ya constituida con el mismo nombre que quieres ponerle a tu sociedad. Para ello deberás solicitar en el Registro Mercantil una certificación negativa del nombre de la sociedad.

Abrir una cuenta bancaria

En el caso de que se vaya a realizar una aportación dineraria, el siguiente paso es abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad. En ella deberá ser ingresado el capital mínimo de 3.000 €. Aunque, como te explicamos en este post, el pasado mes de octubre entró en vigor una ley por la que, cumpliendo ciertos requisitos, es posible constituir una sociedad limitada aportando solamente 1 euro de capital social.

Además, habrá que solicitar al banco un justificante de esta operación.

Redactar los estatutos

En este momento deberás redactar los Estatutos Sociales de la empresa, esto son el conjunto de normas por las que se regirá la sociedad, que deberán incluir la denominación, el objeto social o actividad del negocio, domicilio, la forma de administración, el capital social y de qué forma se dividirá.

Para este punto lo más indicado, y más cómodo, es contar con la asistencia de un abogado o notario.

Formalizar la escritura ante notario

El siguiente paso es formalizar ante notario la Escritura de Constitución de la sociedad. Para ello deberán ir todos los socios, o sus representantes, debidamente identificados y entregar los siguientes documentos:

·      Estatutos Sociales.

·      Certificado del Registro Mercantil de reserva de denominación social.

·      Certificado de aportaciones del banco.

Obtener el NIF provisional

Después, deberás acudir a Hacienda para obtener el NIF provisional, o podrás realizar este trámite de manera telemática. Para ello deberás presentar: fotocopia del DNI del firmante y fotocopia de la escritura de constitución.

El NIF obtenido es temporal y tiene una validez de 6 meses, durante los cuales deberá ser sustituido por el NIF definitivo. El número de este NIF será el mismo que el NIF definitivo.

Darse de alta en la Agencia Tributaria

Es obligatorio darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, podrás hacerlo presencial o telemáticamente en la Agencia Tributaria cumplimentando el Modelo 036.

También en la Agencia Tributaria deberás registrarte en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para informar del inicio de la actividad de la sociedad, mediante el mismo modelo.

Inscripción en el Registro Mercantil

El notario suele tardar entre dos y cinco días en preparar la Escritura de Constitución, según la notaría escogida, y, en caso de encomendárselo, es quien la remite de forma telemática al Registro Mercantil para su inscripción y plena validez legal.

Si se diera el caso de que la notaría no se encargara del trámite deberás dirigirte, en un plazo máximo de 2 meses, al Registro Mercantil de la misma provincia donde la sociedad tenga su domicilio social, y aportar la siguiente documentación: certificación negativa del nombre, copia auténtica dela escritura de constitución de la sociedad, acreditación de liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y copia del NIF provisional.

En un plazo máximo de 15 días laborables la escritura quedará registrada y, desde ese momento, la sociedad adquirirá personalidad jurídica y existirá a todos los efectos legales.

Solicitar el NIF definitivo

El último paso es solicitar el NIF definitivo de la sociedad. Para hacerlo basta con dirigirse a las oficinas de Hacienda para sustituir la tarjeta provisional obtenida previamente, por una definitiva.

Dudas frecuentes sobre cómo constituir una Sociedad

¿Cuántos socios se necesitan para formar una SL?

El mínimo de socios para constituir una Sociedad es de uno, que, como dicta la ley, deberá estar dado de alta como autónomo societario, y no existe un máximo.

¿Se puede crear una sociedad sin ser autónomo?

No, no es posible. La ley te obliga a hacerte autónomo cuando:

·      Eres propietario de más del 50% del capital (aunque no ejerzas labores de administrador).

·      Conjuntamente con familiares de hasta segundo grado se supere el 50% del capital social de la sociedad.

·      Tienes al menos el 33% de capital y trabajas en la empresa, sin funciones de dirección y gerencia.

·      Ejerces labores de dirección y gerencia y tienes al menos un 25% del capital de la empresa. 

¿Es mejor ser autónomo o constituir una Sociedad Limitada Unipersonal?

Depende de varios factores. Por un lado, tu nivel de ingresos, puesto que, un autónomo paga en función de ellos, mientras que una SLU tiene una tributación fija. Por otra parte, está tu necesidad o no de conseguir financiación, una SLU tendrá mucho más fácil acceso a financiación y acierto tipo de proveedores. Y por último, y muy importante, del tipo de responsabilidad que quieras tener sobre las deudas, el autónomo responde con su patrimonio personal, mientras que una SLU solo lo hace con el capital aportado a la empresa. Si quieres saber más en profundad sobre este tema, aquí te lo explicamos todo con más detalle.

Agiliza los trámites de constitución con Enley

El proceso de constitución de una empresa puede resultar largo y tedioso, y una forma de agilizarlo y ahorrar trámites es a través de nuestras constituciones express, con las que podrás iniciar la actividad en 24 horas y no tendrás que desembolsar el capital social de 3.000€ de entrada.

Este sistema está limitado por ciertos requisitos, como tener un capital social específico y unos estatutos sociales determinados. No obstante, siempre podemos adaptarnos a las estipulaciones específicas de nuestros clientes para que puedas hacer el proceso de creación de una Sociedad Limitada muy rápidamente y de manera telemática.

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