Hablar con los clientes por WhatsApp es cómodo, rápido y lo hace prácticamente todo el mundo. El problema es que también es el canal por el que más multas está poniendo la AEPD a pequeñas empresas y autónomos, muchas veces por descuidos que parecen inofensivos.
La buena noticia es que no tienes que dejar de usarlo, solo hay que hacerlo con un par de reglas. Te las damos, con ejemplos reales de sanciones para que veas por dónde pueden venir los sustos.
¿Puedes usar WhatsApp con tus clientes?
Sí, pero con condiciones. Nada te impide usar WhatsApp en tu negocio, lo que te puede costar caro es cómo tratas los datos de tus clientes dentro de la aplicación, a quién escribes, qué compartes y desde qué teléfono.
¿Necesito consentimiento para escribir a un cliente por WhatsApp?
Depende para qué. Para gestionar un encargo que ya te ha pedido, no. Para mandarle publicidad, sí, necesitas consentimiento específico para ese canal.
No obstante, el número de móvil de tu cliente es un dato personal, es fundamental tenerlo en cuenta para la correcta aplicación de la Ley de Protección de Datos. En cuanto le escribes a un cliente, estás haciendo un tratamiento de datos, con las obligaciones que eso conlleva.
Y ojo con la excusa de que «es que siempre lo hemos hecho así», la AEPD la rechaza de forma expresa. La costumbre no exime de cumplir la ley. Si además manejas información sensible (asuntos de salud, temas legales…), entra en juego el deber de confidencialidad y, en profesiones colegiadas, el secreto profesional.
¿Y si el cliente me escribe primero?
Puedes responder. Que él inicie la conversación te da cobertura para atender su consulta, pero el RGPD sigue aplicando: no lo metas en grupos ni le mandes publicidad sin permiso.
¿Basta con borrar el chat si me piden eliminar los datos?
No. El número puede seguir en tu agenda, en copias de seguridad o en tu CRM. Tienes que borrarlo de verdad y poder demostrarlo.
¿Es mejor Whatsapp personal o WhatsApp Business?
WhatsApp Business. Usar tu número personal para trabajar mezcla tu vida privada con los datos de tus clientes y complica cualquier control. Lo ideal sería una línea y un dispositivo separados y para trabajar, WhatsApp Business.
Grupos y listas de difusión: el error que más multas cuesta
Cuidado con los grupos, cuando metes a varios clientes en un grupo, todos ven el número de todos. Eso es una cesión de datos y vulnera el principio de minimización. La AEPD ya ha multado por meter a alguien en un grupo sin su permiso.
Para avisos o promociones, usa listas de difusión (cada persona recibe el mensaje en privado). Pero recuerda, para enviar publicidad, la ley (el artículo 21 de la LSSI) exige consentimiento previo y específico para ese canal. No vale el "acepto recibir comunicaciones" genérico, y la AEPD considera WhatsApp un canal especialmente intrusivo.
Multas por incumplir la LOPD
Enviar datos de clientes por el WhatsApp personal de un empleado, sin base legal ni seguridad está penado con entre 2.500€ y 5.000€; meter a alguien en un grupo de WhatsApp comercial sin su consentimiento va desde los 3.000€; difundir por WhatsApp datos de un tercero conlleva una multa de 4.000€ y enviar publicidad por WhatsApp sin consentimiento del destinatario puede llegar a los 30.000€.
WhatsApp es una herramienta estupenda para estar cerca de tus clientes, siempre que cumplas con algunas reglas. Si no quieres llevarte sustos, nuestros abogados te ayudan con la adaptación a la Ley de Protección de Datos de tu negocio.

.jpg)
.jpg)
.jpg)

.jpg)
.jpg)

%20(1).jpg)

.jpg)
.jpg)

.jpg)
.jpg)











