La nulidad civil de un matrimonio se materializa en una sentencia en la que se dictamina que ese matrimonio nunca ha existido por la concurrencia de un defecto en la celebración del mismo. Dicho defecto puede ser de forma, de capacidad o consentimiento.

 

Qué matrimonios pueden ser declarados nulos

Según nuestro código civil será nulo cualquier matrimonio:

  • Celebrado sin consentimiento.
  • Celebrado entre personas menores de edad no emancipadas, personas que ya estén casadas y no se hayan divorciado, parientes en línea recta con consanguinidad o adopción, parientes colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado, condenados por participar en la muerte del anterior cónyuge o pareja de hecho.
  • El que se contraiga sin la intervención del Juez de Paz, alcalde o concejal, secretario judicial, notario o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
  • El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
  • El contraído por coacción o miedo grave.

Cómo solicitar la nulidad civil del matrimonio

La nulidad civil se solicita a través de una demanda que se presenta en el juzgado, exponiendo todos los motivos y pruebas que demuestran que efectivamente hay un defecto de forma, capacidad o consentimiento que provocan la nulidad de ese matrimonio.

Por este motivo es necesaria la intervención del abogado y procurador en el procedimiento de nulidad matrimonial civil.

Quiénes pueden solicitar la nulidad civil

Las personas que pueden solicitar la nulidad matrimonial son:

  • Cualquiera de los cónyuges.
  • El Ministerio Fiscal.
  • Cualquier persona con interés legítimo en el procedimiento.

En caso de que el matrimonio se produzca por miedo o coacción, sólo podrá solicitarlo el cónyuge afectado. Además, si el matrimonio resulta nulo por ser una de las partes menor de edad no emancipada, solo podrán solicitar la nulidad los padres del afectado (o tutores) y el Ministerio Fiscal.

 

Diferencias con la nulidad eclesiástica

La nulidad eclesiástica o canónica es un procedimiento mediante el cual se declara que el vínculo matrimonial a nivel católico nunca ha existido. Únicamente se puede declarar sobre los matrimonios celebrados por la Iglesia Católica, y para que se apruebe dicha nulidad deben darse las causas reguladas en el Código de Derecho Canónico, como por ejemplo, impotencia que no haya permitido consumar el matrimonio, existencia de vínculo o ligamen previo, disparidad de cultos, voto, rapto, crimen, consanguinidad, etc.

La nulidad canónica del matrimonio es concedida por un Tribunal eclesiástico mientras que la nulidad civil es concedida por un juez o Tribunal.

Si quieres volver a contraer matrimonio por la vía católica es imprescindible que te sea concedida la nulidad eclesiástica, por el contrario, en caso de que quieras volver a casarte por la vía civil dispones, además de la nulidad, de la opción del divorcio.

Se ha de destacar que los procesos de nulidad -civil y canónica- resultan complicados y no es fácil conseguirla. 

Igualmente, si necesitas asesoramiento, puedes contactar con nuestros abogados de familia que te asesorarán y resolverán tus dudas.

También te puede interesar…
Compliance (canal denuncias)
¿Qué es el canal de denuncias obligatorio?
El canal obligatorio de denuncias es esencial para la transparencia empresarial. Descubre en qué consiste, para qué sirve y las sanciones que enfrentan las empresas que no lo implementan. Protege tu empresa y cumple con la normativa vigente.
Gestoría (licencia de actividad)
¿Qué es la licencia de actividad?
La licencia de actividad es esencial para cualquier negocio. Descubre cuánto cuesta, cuándo es obligatoria, en qué se diferencia de la licencia de apertura y para qué sirve. Asegúrate de cumplir con todas las normativas para actuar de forma legal y evitar sanciones.
Herencia (impuestos a pagar)
Qué impuestos voy a tener que pagar por mi herencia
Al recibir una herencia hay dos impuestos que, a grandes rasgos, hay que pagar: el impuesto de sucesiones y el impuesto de plusvalía. Ambos se pueden abonar en ciertos casos con cargo a la herencia, para que el dinero salga de la propia herencia y no del bolsillo del heredero.
Marta RevillaEnley Blog
Marta Revilla
16/2/2023
Gestoria (iva soportado e iva repercutido)
IVA soportado e IVA repercutido: lo que debes saber cómo empresario y autónomo
Descubre qué es el IVA soportado y en qué se diferencia del IVA repercutido, cómo se interrelacionan, por qué son importantes para tu empresa y qué consejos puedes seguir para evitar errores e inspecciones de Hacienda. Te contamos todos los detalles.
Inmobiliario (impuestos al vender casa)
¿Qué impuestos hay que pagar al vender una casa?
Te contamos los impuestos que de deben pagar al vender una casa: plusvalía municipal (métodos de cálculo y exenciones), IRPF (exenciones), para que calcules el beneficio neto tras el pago de tributos y conozcas la rentabilidad de la venta.
Marta RevillaEnley Blog
Marta Revilla
15/3/2023
Déjanos tu teléfono y uno de nuestros abogados te llamará
Al contactar, acepto expresamente la Pólitica de Privacidad
¡Gracias! Hemos recibido tu consulta correctamente.
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Consulta gratis con un abogado
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado experto en Compliance
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado concursal
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de extranjería
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de familia
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un abogado
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un gestor
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de Global Mobility
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado inmobiliario
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado mercantil
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de Propiedad Intelectual
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado
especializado en Segunda Oportunidad
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de sucesiones
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso