Inmobiliario (servidumbre de paso)Inmobiliario (servidumbre de paso)

 

¿Qué es una servidumbre de paso?

La servidumbre de paso es un derecho real por el que se limita la propiedad de una finca, que se denomina predio sirviente, para que, a través de ella, se pueda pasar desde otra que se llama predio dominante.

 

Cómo se regula

La regulación de la servidumbre de paso deriva del artículo 564 del Código Civil que establece lo siguiente:

El propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización.

 

Qué condiciones debe cumplir

Cuando se crea una servidumbre de paso desde el punto de vista jurídico, se deberá crear un paso físico. Ese paso debe cumplir una serie de condiciones:

  • Se debe hacer por donde sea menos perjudicial para el predio sirviente.
  • Se hará por donde haya menos distancia al camino público. 

Indemnizaciones

En cuanto a la indemnización a favor del predio sirviente, se considerarán los siguientes elementos:

  1. Si se trata de una servidumbre de paso que se usa de forma continua se tendrán en cuenta:
      1. el importe que acuerden los propietarios.
      2. El valor del terreno que ocupe la servidumbre
      3. El valor de los perjuicios que se ocasionen a la finca que sea predio sirviente.
  2. Si se trata de una servidumbre de paso para cultivos se considerará el perjuicio que se ocasione al predio sirviente para fijar la indemnización.

Requisitos de la servidumbre de paso

Son:

  • Que haya una finca que se encuentre entre otras fincas.
  • Que la finca no tenga acceso a un camino público.
  • Que la servidumbre no provoque daños en el predio sirviente.
  • Que se trace de forma que invada lo menos posible la finca sirviente.
  • Que el trazado sea el más corto hacia el camino público.

 

Cómo se crea la servidumbre de paso

La servidumbre de paso se puede crear a favor de una finca o de una persona o grupo de personas. La forma de constituirla puede ser:

  1. Por un contrato. En este caso los propietarios de las dos fincas fijan de común acuerdo las condiciones de la servidumbre (lugar, uso, indemnización o gratuidad).
  2. Por sentencia judicial. Si los propietarios no se ponen de acuerdo, el propietario que necesita la servidumbre podrá iniciar un procedimiento judicial para que se le reconozca mediante una sentencia el derecho a la servidumbre de paso.
  3. Por prescripción. En el caso de que el predio dominante utilice durante 20 años la servidumbre se produce una prescripción adquisitiva.

En definitiva, una servidumbre de paso es la forma de que una finca, que se encuentra aislada entre otras, tenga una salida a un camino público. 

Si necesitas ayuda para constituir una servidumbre, contacta con nosotros para que estudiemos tu caso y te ayudemos. 

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