Divorcios 5 (proceso de divorcio)Divorcios 5 (proceso de divorcio)

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, de los 86.851 divorcios que hubo en España en el año 2021, casi el 80% (68.450) fueron de mutuo acuerdo. Por lo que, podemos decir que es el procedimiento más habitual en nuestro país.

Ya hablamos brevemente de qué es un divorcio de mutuo acuerdo, y ahora, si has decidido poner fin a tu matrimonio y no sabes qué va a pasar, explicaremos paso a paso cómo es el proceso.

Consideraciones previas

Para poder llevar a cabo el trámite, es fundamental que ambos cónyuges estéis de acuerdo en dos puntos principales: los hijos menores de edad (si los hubiera) y los bienes.

En el caso de los hijos debéis acordar cómo será y quién tendrá su custodia, y qué tipo de pensión de alimentos deberá aportar el progenitor no custodio.

Por otra parte, en cuanto a los bienes, tendréis que estar de acuerdo en cómo se repartirán las propiedades y bienes que tengáis en común.

El convenio regulador

Una vez que ambos miembros del matrimonio habéis acordado los anteriores puntos, el primer paso que deberéis dar es contactar con un abogado experto en derecho de familia o, también llamados, divorcios express, quién se encargará de, con la información que aportaréis respecto a vuestros acuerdos, redactar el convenio regulador.

El convenio regulador es el documento que recoge las condiciones, previamente pactadas, que regirán tanto la relación entre los cónyuges y sus hijos, como su situación patrimonial, una vez estén legalmente divorciados, y es de obligado cumplimiento.

Nuestros abogados de familia redactarán un borrador de éste que se enviará a ambas partes, que, podrán solicitar la introducción de modificaciones (para lo que será necesario el consentimiento del otro cónyuge), o, de estar conformes, firmar.

Documentación

Una vez que el convenio esté listo, nuestros abogados solicitarán la documentación que deberán adjuntar al anterior en el momento de presentar la demanda de divorcio en el juzgado correspondiente. Que es:

·       Certificado de matrimonio.

·       Certificado de empadronamiento(serviría solo con el de uno de los cónyuges).

·       Certificado de nacimiento de los hijos en común tanto mayores como menores de edad (si los hubiera).

·       Capitulaciones matrimoniales (si las hubiera).

·       Sentencia de separación (en caso de que los cónyuges estén legalmente separados).

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Demanda de divorcio

Con el convenio regulador firmado y la documentación recibida correctamente, nuestros abogados presentarán la demanda de divorcio en el juzgado.

¿En qué juzgado? En el que corresponda al lugar que indique el certificado de empadronamiento que las partes han tenido que adjuntar previamente.

En caso de que ambos cónyuges hayan presentado sus certificados y estén empadronados en lugares diferentes, podrán acordar el juzgado en que se presentará la demanda. Si ha presentado certificado de empadronamiento solo uno de los dos, se tomará el lugar que indique el certificado presentado.

En último caso, aunque no suele ser habitual, se puede presentar la demanda de divorcio en el juzgado correspondiente al último domicilio conyugal. Para esto, deberán solicitar en el Registro Civil el histórico de residencias de la pareja.

Una vez que es presentada la demanda de divorcio habrá que esperar a que el juzgado la admita a trámite e indique qué día y a qué hora deberán acudir ambas partes afirmar la designa apud acta y la ratificación del convenio regulador. Lo más habitual es que ambos trámites se lleven a cabo en la misma cita para comodidad de las partes, aunque algunos juzgados todavía lo hacen por separado en dos citas diferentes.

Si una delas partes no pudiera presentarse en el juzgado, deberá otorgar un poder especial al procurador ante notario para que éste pueda llevar a cabo el proceso en su nombre.

Sentencia

Cuando el convenio regulador ha sido ratificado por ambos cónyuges, se dictará sentencia o decreto de divorcio, que nuestros abogados os harán llegar inmediatamente.

Aunque comúnmente se denomine “sentencia de divorcio” a todo, lo cierto es que únicamente se dicta sentencia cuando hay hijos menores, puesto que debe hacerlo un juez con la aprobación del Convenio regulador por parte del Ministerio Fiscal, quién velará por el interés superior de los menores.

Si no hay hijos, el letrado dela Administración de Justicia dictará decreto de divorcio.

Inscripción en el Registro Civil

Una vez que ya existe sentencia o decreto de divorcio, el juzgado se encarga de inscribirlo en el Registro Civil (este proceso puede tardar hasta 3 meses dependiendo de la rapidez con que lo gestionen ambos órganos) y, aunque para algunos trámites la sentencia o el decreto de divorcio son aceptados, es importante aclarar que para muchos otros no, como por ejemplo para contraer matrimonio con otra persona.

Una vez que el divorcio ha sido inscrito correctamente en el Registro Civil, éste se comunicará con nuestros abogados, que, a su vez, se comunicarán contigo para indicarte que el proceso ha finalizado.

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