Divorcios4 (custodia y patria potestad)Divorcios4 (custodia y patria potestad)

Una duda que surge habitualmente ante una separación o divorcio es la diferencia entre la guarda y custodia de los hijos y la patria potestad. Durante el matrimonio, ambos conceptos van muy ligados y a penas son diferenciables, sin embargo, cuando se produce una separación o divorcio es importante conocerlas diferencias entre ambos.

Qué es la guarda y custodia

La guardia y custodia, o custodia legal, son las facultades que corresponden a los cuidados cotidianos de los menores: por ejemplo, llevarles y recogerles del colegio, atender a sus necesidades diarias de alimentación, higiene y cuidado, o organizar el tiempo de las tareas del colegio o de las extraescolares.

La custodia es una facultad inherente a la patria potestad y se atribuye a uno de los progenitores (custodia individual) o a ambos (custodia compartida).

Qué es la patria potestad

La patria potestad se refiere al conjunto de deberes y facultades que los padres tienen para con sus hijos y que, tal y como recoge el artículo 154 del Código Civil son:

·      Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

·      Representarlos y administrar sus bienes.

·      Decidir el lugar de residencia habitual de la persona menor de edad, que solo podrá ser modificado con el consentimiento de ambos progenitores o, en su defecto, por autorización judicial.

Es una función inexcusable e irrenunciable que se ejerce en interés de los hijos para su pleno desarrollo, independientemente del estado civil de los padres y de quién ostente su guardia y custodia. Se suele decir que es una condición inherente al ser padre. Es decir, ambos progenitores pueden no estar casados entre sí e igualmente tener ambos la patria potestad de los hijos comunes.

La patria potestad expira con la mayoría de edad de los hijos, o con su emancipación si se produce con anterioridad a alcanzar la mayoría de edad.

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Diferencias entre patria potestad y custodia

La patria potestad son derechos y obligaciones que la Ley reconoce a los padres sobre sus hijos menores de edad.

Por su parte, la custodia tiene que ver con los cuidados y la tenencia diaria de los menores.

Se puede tener la patria potestad de un hijo y no tener su custodia, pero no al revés, puesto que, de perderse la patria potestad también se pierde la guarda y custodia.

Privación de la patria potestad

Igual que ocurre con la custodia, que puede ser ejercida por ambos padres de manera compartida o exclusivamente por uno de ellos, la patria potestad, aun siendo atribuida legalmente a ambos progenitores, también puede ser ejercida por sólo uno de ellos en caso de imposibilidad, ausencia o incapacidad del otro.

Según el Artículo 170 del Código Civil, “el padre o madre podrán ser privados total o parcialmente de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial”. Y añade que, “los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación”.

Respecto a la privación de la custodia, aquí te explicamos las razones por las que un progenitor puede perder la guardia y custodia de un hijo.

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