Ya hay fecha para el fin oficial de la Golden Visa en España y, por lo tanto, comienza la cuenta atrás para poder beneficiarse del visado para inversor, conocido como Golden Visa (“Visado de Oro”), que permite a los extranjeros residir en España tras hacer una inversión significativa de capital en España.

Se podrán presentar solicitudes para la Golden Visa hasta el 2 de abril de 2025 y, pasada esta fecha este tipo de visado y autorización de residencia desaparecerá de la legislación española. Esto significa que todas las solicitudes presentadas hasta la fecha indicada se resolverán de acuerdo con la normativa sobre inversores, así como sus posibles renovaciones.

 

¿Qué inversiones dan acceso a la Golden Visa?

Se puede tratar de una inversión financiera:

  • Inversión de 2 millones de euros en títulos de deuda pública española.
  • En sociedades españolas con actividad real.
  • Inversión de 1 millón de euros en fondos de inversión de carácter cerrado o de capital riesgo constituidos en España.
  • Inversión de 1 millón de euros en acciones o participaciones.
  • Inversión de 1 millón de euros en depósitos bancarios en entidades españolas.

Asimismo, la inversión puede consistir en la compra de bienes inmuebles:

  • Inversión en bienes inmuebles situados en territorio español de valor mínimo de 500.000 euros, libre de gravámenes y cargas hasta dicho importe.

O, también en la implantación de un proyecto empresarial:

  • Sin importe mínimo.
  • Valoración del impacto en el interés general en la economía española acreditando alguna de las siguientes condiciones:
    • Creación de nuevos puestos de trabajo.
    • Impacto socioeconómico en una determinada zona geográfica.
    • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  • Concesión sujeta a una valoración, por lo tanto, su concesión no es automática. 

¿Cuánto dura la Golden Visa?

Este visado se concede por 1 año, permitiendo a su titular residir y trabajar en España durante su vigencia. Después, una vez caducado el visado, el inversor podrá solicitar, desde España, una autorización de residencia y trabajo para inversor, siempre y cuando se mantenga la inversión inicial. Dicha autorización inicial se concederá por 3 años, pudiéndose renovar por periodos sucesivos de 5 años, siempre y cuando se mantengan las condiciones.

Ventajas de este visado

Una resolución de la solicitud rápida:

  • El visado de inversor se tramita rápidamente. La solicitud se realiza ante el Consulado Español del lugar de residencia del inversor. El Consulado debe responder a la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde su presentación.
  • La resolución de la solicitud de autorización de residencia y trabajo para inversor también se realiza en un plazo reducido: la Unidad de Grandes Empresas, órgano que resuelve este tipo de solicitudes, debe emitir una resolución en 20 días hábiles desde la presentación.

 El Visado de Oro es extensible a la familia del inversor:

  • El cónyuge o pareja de hecho, los hijos menores de edad o mayores dependientes económicamente, y los ascendientes dependientes.

Un visado sin implicaciones fiscales:

  • Su concesión no supone la adquisición de la condición de residente fiscal en España, ya que no se requiere una estancia mínima en España para poder mantener la residencia como inversor.
  • En el caso de que el inversor desee emprender un negocio en España, podrá solicitar la aplicación del Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español extendiendo sus ventajas al cónyuge del solicitante.

Si ya has realizado la inversión y te encuentras en España como turista, es posible solicitar directamente la autorización de residencia y trabajo para inversor desde España. Y si necesitas asesoramiento, consulta con nuestro equipo de abogados expertos en Global Mobility sin compromiso.

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