Concursos 10 (deudas publicas concurso persona)Concursos 10 (deudas publicas concurso persona)

Como ya te explicamos más detalladamente en este post, la Ley de la Segunda Oportunidad permite a las personas físicas cancelar sus deudas, también las que hayan sido contraídas con la Administración Pública (Hacienda y Seguridad Social). Tras la última reforma de la Ley Concursal, publicada en septiembre del 2022, la cancelación de las deudas públicas, es decir, aquellas deudas contraídas con Hacienda y con Seguridad Social, ya no se hará, como hasta ahora, con un plan de pagos (a un máximo de 5 años) aprobado por el juez si no que, deberá gestionarse directamente con el ente público correspondiente (bien sea Hacienda o bien sea la Seguridad Social), el cómo liquidar la deuda.

Aunque la deuda puede ascender a cualquier cantidad, solo se podrá exonerarse (es decir, cancelar) hasta un máximo de diez mil euros de las deudas contraídas con Hacienda y otros diez mil euros de las deudas con la Seguridad Social.

El artículo 489.1. 5º TRLC del   Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), determina cómo calcula la parte de deuda pública que puede aminorarse: “podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será integra, y a partir de esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado”.

Deudas menores a 10.000 euros

¿Qué importe se me puede exonera si tengo, por ejemplo, 7.000€ de deuda con Hacienda? Según la ley actual, los primeros 5.000€ se exonerarían íntegramente, por lo que quedaría una deuda pendiente de 2.000€; de esos 2.000€ debemos calcular el 50% que son 1.000€. Estos 1.000€ también se cancelan y se suman a los 5.000 también cancelados, dando como resultado la exoneración de 6.000€, por lo que quedarían pendiente de pago únicamente 1.000 € de los 7.000 de deuda.

{{cta-blog-post-banner-17}}

Deudas mayores a 10.000 euros

Como hemos indicado anteriormente, independientemente de cuál sea la cantidad de la deuda pública, solamente se perdonará un máximo de 10.000 € con Hacienda y de otros 10.000 con la Seguridad Social. Pero, ¿y si mi deuda es más elevada? ¿y si adeudo 20.000.-€ a Seguridad Social?

En este caso, se exonerarán también, igual que en el caso anterior, los primeros 5.000.€;y quedará pendiente una deuda de 15.000€

Sobre esos 15.000€ de nuevo calculamos el el 50%, que son 7.500.-€; pero, y aquí viene la diferencia con el caso anterior, si sumamos esta cantidad a los 5.000€ anteriores, el resultado es de 12.500€, lo que está por encima del límite de 10.000€ de deuda que se puede cancelar. El máximo debe ser respetado, por lo que serán cancelados únicamente 10.000 euros de deuda, aunque los cálculos den de resultado una cifra mayor.

En este ejemplo, de 20.000€ se exonerarán 10.000 (el máximo) y quedarán pendiente de pago otros 10.000€.

También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades por solo 590€
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia desde 990€
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€