La respuesta es sí. Cualquier nombre comercial o marca registrada puede cederse a un tercero. Y se puede hacer de dos maneras: con la cesión de una marca o con el otorgamiento de una licencia sobre esta. En este post te explicamos ambas opciones. 

¿Qué es una licencia de uso?

La licencia de uso de una marca es equiparable a un alquiler. Siendo siempre el propietario de la marca el originario, y permitiendo bajo una licencia de uso que un tercero explote esa marca.

Para ello, es necesario que las partes firmen un acuerdo que recoja las obligaciones de cada una, como el precio de uso, duración de la licencia, exclusividad de licencia, posibilidad de cesión futura, límites de la explotación, abono de la tasa y tantas como consideren necesarias.

Por otro lado, la licencia de uso puede ser parcial o total, siempre y cuando la marca esté registrada bajo varias clases, se podrá permitir un uso parcial, debiendo de ser explotada únicamente dentro las clases que se hayan acordado.

En cuanto al procedimiento, este contrato debe inscribirse ante la OEPM para que conste el nuevo licenciatario y sea oponible a terceros, abonando la correspondiente tasa.

 

¿Qué es una cesión de marca?

La cesión, a diferencia de la licencia, es un cambio en la titularidad de la marca a cambio de un precio. Igual que la licencia, la marca puede ser cedida de forma total o parcial, cediendo únicamente una parte de los productos o servicios.

La cesión debe recogerse en un contrato que contemple:

  • Tipo de cesión.
  • Lugar de uso.
  • Precio de la cesión.
  • Cargas que tenga la marca (si las hubiera).
  • Cualquier otra cláusula que se estime oportuno incluir. 

Es importante indicar que, para acreditar una cesión de marca, no sirve un contrato privado, sino que deberá constar ante notario o autoridad pública que exprese que el contrato es original.

En cuanto al procedimiento, deberá rellenarse la solicitud de inscripción de cesión de signos distintivos y abonar la correspondiente tasa. Además de adjuntar el contrato de cesión al expediente y el justificante del pago de la cesión.

Una vez hecha la solicitud, la correspondiente oficina analizará su contenido y, de ser correcto, procederá a efectuar la cesión y a publicarlo en el BOPI.

Recuerda que, si necesitas más información o asesoramiento sobre los derechos de tu marca, nuestros abogados expertos en propiedad intelectual te ayudan. 

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