La nueva normativa sobre los sistemas de facturación, conocida como "VERI*FACTU", ha generado numerosas dudas entre empresarios y profesionales. El objetivo de esta nueva normativa es modernizar y estandarizar los programas de facturación para evitar el fraude fiscal, garantizando la integridad y trazabilidad de los registros.
Pero ¿Quién está realmente obligado a aplicarlo? ¿Tengo que cumplir con estos nuevos requisitos?
Para ayudarte a resolver estas preguntas, hemos preparado esta guía práctica dividida en 3 pasos. Contesta cada una de las preguntas para determinar si el nuevo sistema es aplicable a tu caso.
Paso 1: ¿Tienes obligación de emitir facturas?
La normativa se aplica a quienes llevan a cabo actividades económicas y, por tanto, tienen la obligación de facturar.
- SÍ, emito facturas por mi actividad económica: Si este es tu caso, eres un candidato potencial para cumplir con la nueva normativa. Debes continuar con el siguiente paso para ver si te aplica alguna exclusión.
- NO, no tengo obligación de emitir facturas: Si no llevas a cabo una actividad económica con obligación de facturar, la normativa no te afecta.
Paso 2: ¿Estás acogido al Suministro Inmediato de Información (SII)?
El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistema de remisión de registros de facturas emitidas y recibidas a la Agencia Tributaria a través de su Sede Electrónica.
- SÍ, mi empresa está en el SII: Buenas noticias. Si ya cumples con las obligaciones del SII, estás excluido de la aplicación del nuevo reglamento de facturación. Por lo tanto, no tienes que adaptar tus sistemas a VERI*FACTU.
- NO, mi empresa no está en el SII: Si no estás en el SII, continuas dentro del grupo de posibles sujetos obligados a cumplir con la nueva normativa. Pasa al último paso para confirmarlo.
Paso 3: ¿Utilizas un sistema informático para facturar?
El nuevo reglamento regula exclusivamente los sistemas y programas informáticos o electrónicos que dan soporte a los procedimientos de facturación. Podemos definir sistema informático de facturación, como aquel que además de emitir facturas, te permite guardar estos registros y sacar listados cuando lo solicitas.
- SÍ, utilizo un software, programa o aplicación para elaborar las facturas: En este caso, estás obligado a que tu sistema informático cumpla con los nuevos requisitos. Esto no significa necesariamente que debas utilizar un sistema VERI*FACTU, pero sí que tu software debe ser conforme a la ley.
- NO, expido mis facturas de forma manual (en papel, sin software): Si no utilizas ningún tipo de software para elaborar facturas, no te afecta esta normativa. Puedes seguir como hasta ahora.
¿Qué implica estar en Verifactu?
Si has llegado hasta aquí respondiendo "SÍ" a la última pregunta, tu software de facturación deberá adaptarse. Hay dos opciones para cumplir con Verifactu:
- Verifactu SÍ: Tu software remitirá los registros a la Agencia Tributaria, y ella se encargará de garantizar la conservación, trazabilidad e inalterabilidad del registro, así como de mostrar la factura cuando se escanee el código QR.
- Verifactu NO: Tu software debe garantizar la conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como de mostrar la factura cuando se escanee el código QR.
La segunda opción, es tecnológicamente más compleja que la primera, y no todos los sistemas informáticos de facturación la están ofreciendo.
En resumen
Para saber si te afecta la normativa VERI*FACTU, pregúntate:
- ¿Tengo obligación de emitir facturas?
- ¿Estoy en el SII?
- ¿Uso un programa informático para facturar?
Si tu respuesta a las tres preguntas es SÍ, deberás comprobar que tu software de facturación cumple con la nueva normativa. El siguiente paso es contactar con tu proveedor de software para confirmar que están realizando las adaptaciones necesarias.
Esperamos que esta guía te haya ayudado a determinar si debes aplicar Verifactu en tu negocio o si no es necesario. Si necesitas más información o aclaraciones, no dudes en contactar con nosotros.

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