Inmobiliario 17 (registrar propiedad)Inmobiliario 17 (registrar propiedad)

En el momento de pasar a ser titular de una propiedad inmobiliaria es fundamental, aunque no obligatorio, inscribir el bien en el Registro de la Propiedad, para proteger tu derecho de propiedad. Y es que es la manera de dejar constancia frente a terceros de que una o varias personas son propietarios (a no ser que un juez dictamine lo contrario en algún momento) de un inmueble, y por tanto, tener garantía jurídica y seguridad administrativa.

 

Motivos para registrar una propiedad

Como hemos mencionado, no es obligatorio registrar una propiedad, pero sí que es muy beneficioso por los siguientes motivos:

·   Permite acceder a una hipoteca. Y es que uno de los requisitos que piden los bancos para conceder una hipoteca, es que el inmueble esté inscrito en el Registro de la Propiedad. Es un requisito imprescindible.

·   Aporta protección legal. Y es que, si te vieras en la situación de tener que demostrar que tu propiedad es tuya (como, por ejemplo, si quisieras venderla), tendrás que acreditarlo mediante la correspondiente inscripción registral.

·   Dar publicidad y seguridad a la escritura pública frente a terceros (https://www.enley.com/blog/escrituras-de-una-casa-que-son-para-que-sirven). Con la inscripción en el Registro de la escritura pública se consigue la publicidad y seguridad jurídica frente a terceros.

 

Cómo inscribir en el registro

Documentación necesaria

Esta es la documentación que deberás presentar en el momento de inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad:

·   Copiar autorizada de la escritura pública firmada por el notario, que podrás solicitar en la notaría en que hiciste la firma.

·   Documento de autoliquidación, que demuestre el pago del Impuesto correspondiente (por ejemplo, en caso de compraventas el impuesto de Transmisiones Patrimoniales) (link) y el haber presentado el documento para el pago de la Plusvalía municipal (link).

·   Acreditación de haber comunicado la transmisión al Ayuntamiento correspondiente; habitualmente, el Notario deja constancia en la escritura de que procede a realizar la comunicación de forma telemática.

Dónde hacerlo

Deberás acudir a presentar toda la documentación al Registro de la Propiedad donde esté inscrito el inmueble respecto del cual se pretenda la inscripción..

Después de comprobar que todo es correcto, la propiedad será registrada en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Cuándo hacerlo

No existe un plazo determinado para llevar a cabo la inscripción del inmueble. No obstante, te recomendamos que lo hagas lo antes posible por todos los motivos antes expuestos.

Cuánto cuesta

La cantidad a pagar va en función del valor catastral de la vivienda y del número de inscripciones a realizar, pero suele oscilar entre los 300 y los 1.000€. Igualmente, nunca se paga menos de 24,04€ ni más de 2.181,67€, cantidades establecidas en el Real Decreto 1427/1989 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28112).

 

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