Gestión de herencias online

A veces, por complejidad, desconocimiento o por no ser un buen momento, lo mejor es dejar que un abogado de sucesiones gestione tu herencia. 


Nuestro equipo estudiará tu caso y te ofrecerá un presupuesto personalizado desde 990€, teniendo en cuenta tus bienes y circunstancias y asesorándote durante todo el proceso.

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¿Qué incluye tu herencia?

  • Tramitación de herencias testadas e intestadas
  • Localización de testamentos
  • Obtención de toda la documentación
  • Declaración de herederos
  • Aceptación y adjudicación de la herencia
  • Revisión de la fiscalidad
  • Gestión y presentación de impuestos de sucesiones y plusvalías municipales
  • Asesoramiento legal de abogados de sucesiones durante todo el proceso

Este asunto da para muchas páginas de explicación, pero a modo de resumen, existen dos vías para hacer la tramitación. Una es cuando existe testamento y otra es cuando no. En el primer caso, el trámite es más rápido y sencillo. En el segundo, hay que acudir a la ley, que es la que determina quién y cuánto le corresponde a cada heredero. 

Sí y no. Por ley, todas las herencias se dividen en 3 partes (a excepción de algunas CCAA donde se dividen en 4, como ocurre en Cataluña). A estas partes se las denomina “tercios” y son: 

  • Tercio de legítima, que solo podrá repartirse entre los herederos legítimos.
  • Tercio de mejora, que podrá favorecer más a alguno de los hijos del fallecido o a los descendientes de estos.
  • Tercio de libre disposición, este tercio sí que podrá asignarse libremente a quien la persona quiera.

De acuerdo con el Código Civil, el plazo máximo para reclamar una herencia son 30 años cuando existan bienes inmuebles en la herencia, a contar desde el fallecimiento de la persona. Cuando solo existan cuentas corrientes o bienes muebles en la herencia, el plazo máximo para reclamar una herencia será de 6 años.

¿Cómo se reparte una herencia?

Este asunto da para muchas páginas de explicación, pero a modo de resumen, existen dos vías para hacer la tramitación. Una es cuando existe testamento y otra es cuando no. En el primer caso, el trámite es más rápido y sencillo. En el segundo, hay que acudir a la ley, que es la que determina quién y cuánto le corresponde a cada heredero. 

¿Puedo dejar mi herencia a quién yo quiera?

Sí y no. Por ley, todas las herencias se dividen en 3 partes (a excepción de algunas CCAA donde se dividen en 4, como ocurre en Cataluña). A estas partes se las denomina “tercios” y son: 

  • Tercio de legítima, que solo podrá repartirse entre los herederos legítimos.
  • Tercio de mejora, que podrá favorecer más a alguno de los hijos del fallecido o a los descendientes de estos.
  • Tercio de libre disposición, este tercio sí que podrá asignarse libremente a quien la persona quiera.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una herencia?

De acuerdo con el Código Civil, el plazo máximo para reclamar una herencia son 30 años cuando existan bienes inmuebles en la herencia, a contar desde el fallecimiento de la persona. Cuando solo existan cuentas corrientes o bienes muebles en la herencia, el plazo máximo para reclamar una herencia será de 6 años.

¿Cómo funciona la gestión de tu herencia online?

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