A diferencia de la sociedad de responsabilidad limitada (S.L.), que está integrada por más de un socio, la sociedad limitada unipersonal es una S.L. en la que la totalidad de las participaciones pertenecen a una sola persona física o jurídica, sobre quien recae toda la responsabilidad de la empresa.

No obstante, tanto la S.L. como la S.L.U son formas jurídicas iguales, son el mismo tipo de sociedad y se rigen por prácticamente las mismas reglas, con algunas especialidades en el caso de las S.L.U., que indicaremos más adelante.

 

Unipersonalidad originaria y sobrevenida

La calificación de unipersonal de una Sociedad Limitada puede ser originaria o sobrevenida.

Será originaria cuando desde su constitución solamente una persona asume la totalidad de las participaciones. En cambio, será sobrevenida cuando en un principio una sociedad limitada es constituida por dos o más socios y, por distintas circunstancias, la cantidad de socios se reduce a solamente uno.

Además, en cuanto a las sociedades limitadas unipersonales, es importante mencionar que tanto si la sociedad adquiere como si pierde el carácter de unipersonal, esta circunstancia debe ser constatada mediante escritura pública y luego inscribirla en el Registro Mercantil (con una declaración de pérdida o adquisición de la unipersonalidad, según sea el caso).  Y si, sobrevenida la unipersonalidad, transcurren 6 meses sin que se eleve a público y se lleve a cabo la inscripción correspondiente, el socio único será responsable personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales de la S.L.U. durante este período.

Además, la condición de unipersonal de tu sociedad limitada deberá constar expresamente con la sigla S.L.U. en todo tipo de documentación en que aparezca su denominación social.

 

Cómo pasar de SLU a SL

Si tienes una S.L.U. a la que se decide unir otro socio, en ese momento simplemente perderá su unipersonalidad con una mera declaración de pérdida de unipersonalidad. Cómo se señaló en el apartado anterior, esta circunstancia debe ser constatada por escritura pública e inscribirla en el Registro Mercantil, en la que conste la fecha y naturaleza del acto o negocio por el que se produjo la pérdida del carácter unipersonal.

 

Autocontratación entre el socio único y la S.L.U

Si se hacen contratos entre la SLU y el socio único, estos deben constar por escrito y transcribirse a un libro de registro, que deberá ser legalizado.

Por otra parte, desde que se celebran estos contratos hasta trascurridos 2 años, el socio único responderá de los beneficios económicos que se consigan por medio de estos actos.

También te puede interesar…
Divorcios (proceso de divorcio)
Cómo es el proceso de divorcio de mutuo acuerdo
Según datos del INE, casi el 80% de los divorcios en España se llevan a cabo de mutuo acuerdo que, además de ser la forma de tramitación más barata es también más rápida. Si quieres saber cómo es el procedimiento paso a paso, te lo explicamos.
Sobre enley (proceso divorcio)
Cómo es un divorcio Enley
El año pasado nuestro equipo gestionó el divorcio de más de 1.700 personas, un 2% de los divorcios en España, y vamos a contaros cómo es este proceso paso a paso. Verás que es muy cómodo, ágil y sencillo y tan fiable como el sistema tradicional.
EnleyEnley Blog
Enley
3/3/2023
Laboral (baja prolongada)
Qué hacer ante una baja laboral prolongada
Un empleado lleva meses de baja y no sabes qué puedes y qué no puedes hacer. Te explicamos tus obligaciones, qué ha cambiado en 2025 y cuándo un despido puede salirte nulo.
LSO (sentencia ayuntamientos)
Qué ocurre con las deudas con el Ayuntamiento en la Ley de la Segunda Oportunidad
Te contamos qué ocurre con las deudas con los Ayuntamientos cuando alguien se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad, de acuerdo con una reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 13 de Barcelona, que equipara estas deudas a las deudas públicas en algunas ocasiones.
Anna ValeroEnley Blog
Anna Valero
23/10/2023
Herencia (impuestos a pagar)
Qué impuestos voy a tener que pagar por mi herencia
Al recibir una herencia hay dos impuestos que, a grandes rasgos, hay que pagar: el impuesto de sucesiones y el impuesto de plusvalía. Ambos se pueden abonar en ciertos casos con cargo a la herencia, para que el dinero salga de la propia herencia y no del bolsillo del heredero.
Marta RevillaEnley Blog
Marta Revilla
16/2/2023
Déjanos tu teléfono y uno de nuestros abogados te llamará
Al contactar, acepto expresamente la Pólitica de Privacidad
¡Gracias! Hemos recibido tu consulta correctamente.
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Consulta gratis con un abogado
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado experto en Compliance
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado concursal
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de extranjería
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de familia
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un abogado
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un gestor
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de Global Mobility
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado inmobiliario
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado mercantil
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de Propiedad Intelectual
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado
especializado en Segunda Oportunidad
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso
Consulta gratis con un
abogado de sucesiones
Déjanos tus datos y te asesoraremos sin compromiso