Sí que se puede impugnar un testamento. Generalmente está impugnación se lleva a cabo por la vía legal. Además un testamento no puede ser impugnado por cualquiera ni sin una causa justificada.

Quién puede impugnar un testamento

La ley determina que únicamente podrán impugnar una herencia los herederos legales o, en su defecto, los legatarios favorecidos en un testamento anterior del testador.

Según la ley, además, no podrán impugnarlo aquellos que de manera expresa o táctica hayan reconocido la validez del testamento mediante algún acto que se pueda considerar válido, como por ejemplo: aceptarla la parte de herencia que se le haya otorgado en el reparto.

Motivos para impugnar un testamento

El Código Civil determina las causas por las que es posible impugnar un testamento:

  • El testamento no incluye a un heredero forzoso: los herederos forzosos tienen siempre derecho a heredar por ley, por lo que no se les puede dejar fuera del testamento.
  • El testamento no respeta las cuotas de reparto establecidas por la ley. Ya te explicamos cómo determina la ley que se debe repartir una herencia. No respetar ese reparto incurriría en una ilegalidad.
  • El testador estaba incapacitado en el momento de hacer el testamento. Para que una persona pueda redactar su testamento debe encontrarse en plenas facultades para hacerlo. De no ser así se puede declarar la nulidad de este.
  • El testador hizo el testamento bajo amenaza, engaño o intimidación.
  • El testamento contiene errores de forma en su redacción.

Cuándo se puede impugnar un testamento

La ley indica que, en términos generales, el plazo para impugnar un testamento es de 15 años a contar desde el fallecimiento del testador, o desde el momento en que el heredero recibió la copia autorizada del testamento.

Cómo impugnar un testamento

El primer paso es presentar una demanda judicial ante el Juzgado de Primera Instancia de la provincia en que falleció el testador. Para hacerlo, lo ideal es contratar a un abogado y un procurador especializados en la materia.

Cuando el motivo para la impugnación es que el testador no se encontraba en plenas facultades en el momento de redactar el testamento, esta circunstancia debe quedar reflejada en un Informe Pericial Psicológico que lo determine.

Si la demanda presentada es admitida a trámite, la otra parte, es decir, todos los herederos forzosos implicados en el testamento, deberán contestar en un plazo de 20 días.

Tras esto, se llevará a cabo una audiencia como paso previo a la celebración del juicio, con el objetivo de que ambas partes alcancen un acuerdo. De no haber acuerdo se procederá a celebrar un juicio donde ambas partes deberán exponer sus pruebas. El juez finalmente dictará sentencia y determinará si prospera o no la impugnación del testamento.

Si el testamento queda impugnado el reparto de la herencia se hará en caso de que exista un testamento anterior, de acuerdo a este, de no haberlo los bienes se repartirán con arreglo a lo dispuesto en la legislación.

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