Bizum se ha convertido en uno de los medios de pago más utilizados en España, tanto para pagos personales como para cobros profesionales. Por este motivo, la Agencia Tributaria ha decidido reforzar el control sobre los pagos realizados a través de este medio a partir de 2026.
Pero, ¿qué implica realmente este cambio?, ¿Afecta a todos los usuarios?, ¿Hay nuevas obligaciones fiscales? Vamos a verlo paso a paso.
¿Hacienda controla los pagos por Bizum?
Sí. Aunque habrás escuchado alguna vez que los pagos con Bizum no tributan, no es así, Bizum es simplemente un medio de pago/cobro, igual que una transferencia bancaria o un pago con tarjeta. Por lo que no declarar un ingreso por el hecho de haberlo recibido por Bizum ya era incorrecto antes de 2026.
Por tanto, los ingresos obtenidos por Bizum ya están sujetos a control fiscal actualmente, y el cambio viene a reforzar este control.
¿Qué cambia a partir de 2026?
La principal novedad no recae sobre el contribuyente, sino sobre las entidades financieras.
A partir de 2026, los bancos deberán suministrar más información a la Agencia Tributaria sobre determinados movimientos realizados mediante Bizum, cuando estén relacionados con actividades económicas o profesionales. Esta información deberá remitirse de forma mensual y comprenderá:
- La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes
- Número de comercio con el que operan
- Terminales de venta
- Importe mensual facturado con Bizum
- Identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales
En resumen, se aumenta la capacidad de comprobación por parte de la Agencia Tributaria.

¿Los Bizum entre particulares quedan afectados?
No. Los Bizum entre particulares no serán compartidos por las entidades financieras, salvo que Hacienda lo solicite expresamente en caso de revisión.
Esto no quiere decir que los Bizum “no tributen”. La tributación o no de un Bizum dependerá de la naturaleza de la operación, por ejemplo, el pago a medias de una cena no debe tributar, pero si recibimos el pago de un alquiler o una donación, sí.

El mayor control de Bizum por parte de Hacienda no supone un cambio normativo radical, sino una mejora en el intercambio de información entre bancos y la Agencia Tributaria.
Para quienes ya cumplen correctamente con sus obligaciones fiscales, no supone ningún problema adicional. Para quienes utilizan Bizum como medio habitual de cobro profesional, es un buen momento para revisar su gestión y asegurarse de que todos los ingresos están correctamente declarados.

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