Hemos hablado en anteriores artículos del delito de plagio de la marca, pero pueden ocurrir otras situaciones que te perjudiquen. Imagina que registras tu marca y unos meses después alguien decide registrar una marca muy parecida, o, al contrario, quieres registrar tu nueva marca y otra empresa se opone alegando que es similar a la suya. En este artículo vamos a analizar qué es la oposición de marca, cuándo se tramita y de qué forma hay que actuar.

¿Qué es la oposición de marca?

Cuando registras una marca hay una fase del procedimiento en la que se realiza la publicación en el Boletín Oficial de la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) o en el Boletín de la EUIPO (Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea). Durante un plazo de 2 meses para marcas en España y 3 meses para Europa otras empresas o personas se podrían oponer a la inscripción de tu marca si tienen una marca anteriormente inscrita con la que se podría generar confusión.

La OEPM o la EUIPO, según el caso, comunicarán la oposición al solicitante para que realice alegaciones y, finalmente, la OEPM o la EUIPO tomarán una decisión motivada.

Si la oposición se aprecia, se podría denegar la inscripción de la marca. La denegación podría afectar a todos o solo a algunos productos o servicios de la nueva marca.

¿Qué requisitos deben existir para que se aprecie una confusión entre marcas?

Para que una oposición prospere por riesgo de confusión, la ley y la jurisprudencia exigen un análisis comparativo basado en la "impresión de conjunto" que los signos producen en el consumidor medio. Los dos pilares fundamentales son:

  • Doble similitud. Debe existir una similitud entre los signos (a nivel visual, fonético o conceptual) y, a la vez, una identidad o similitud entre los productos o servicios que ambas marcas designan. Si los productos son muy diferentes, la oposición por esta vía general no suele prosperar.
  • Riesgo de confusión en el público. Como consecuencia de lo anterior, debe existir un riesgo real de que el público pueda creer que los productos o servicios provienen de la misma empresa o de empresas vinculadas. Esto incluye el riesgo de asociación. 

¿Cómo se prepara una oposición de marca?

Si alguien intenta registrar una marca parecida a la tuya y se cumplen los requisitos que hemos visto, tendrás que preparar una oposición de marca. Para ello deberás considerar lo siguiente:

  • Es necesario acreditar documentalmente que has registrado tu marca con anterioridad al registro actual.
  • Tendrás que comparar tu marca con la del solicitante posterior para argumentar si existe una similitud fonética, visual y/o conceptual.
  • Deberás justificar por qué la marca que se ha presentado posteriormente a la tuya puede generar confusión en el consumidor.

¿Qué ocurre si no actúas en plazo?

Si no te opones a la otra marca en plazo, la otra marca podría registrarse y tu empresa podría sufrir efectos negativos como:

  • La pérdida de posicionamiento o de cuota de mercado.
  • Se podría ver afectada la posibilidad de expansión de tu marca a través de la concesión de licencias.
  • Podrías tener que interponer demandas ante los tribunales por infracción de marca y es un procedimiento mucho más costoso que la oposición. 
  • Además, si toleras con conocimiento el uso de esa marca registrada durante cinco años consecutivos, podrías perder el derecho a solicitar su nulidad en el futuro, viéndote obligado a coexistir en el mercado con un signo similar.

En definitiva, es importante contar con un servicio de vigilancia post registro para actuar cuanto antes ante marcas parecidas a la tuya y con la ayuda de abogados expertos en propiedad intelectual e industrial para presentar la oposición o interponer las acciones judiciales que correspondan.

Si necesitas ayuda con tu marca contacta con nuestro equipo de expertos en patentes y marcas para que analicen tu caso.

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