Si eres autónomo y tu negocio no va bien, puede que te preguntes si tienes derecho a paro como un trabajador por cuenta ajena. En este artículo te contamos en qué consiste el paro de los autónomos, qué requisitos se deben cumplir y cuánto se cobra.

Lo primero que debes saber es que no se denomina paro, sino prestación por cese de actividad y tiene carácter obligatorio. Su finalidad es que la persona autónoma pueda recibir una prestación económica si debe cerrar su negocio.

 

Requisitos para poder solicitar la prestación por cese de actividad

Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social como autónomo.
  • Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomo.
  • Haber cotizado por cese de actividad un mínimo de 12 meses dentro de los 24 meses anteriores al cese de la actividad.
  • Estar en una situación legal de cese de la actividad por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es decir, debe de ser una causa justificada.

¿Cuánto se cobra de paro si eres autónomo?

El importe de la prestación equivale al 70% de la base reguladora, que se calcula a partir del promedio de la base de cotización del autónomo en los últimos doce meses.

En el caso de que el cese de actividad se deba a una fuerza mayor temporal se aplicará el 50% de la base reguladora.

El importe máximo de la prestación será el equivalente al 175% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), pero si el autónomo tiene hijos se aplicará entre el 200% y el 225% del IPREM en función del número de hijos.

¿Cuánto dura el paro de autónomo?

La duración de la prestación económica por cese de actividad dependerá del periodo que haya cotizado el autónomo:

  • Entre 12 y 17 meses: 4 meses de prestación.
  • Entre 18 y 23 meses: 6 meses de prestación.
  • Entre 24 y 29 meses: 8 meses de prestación.
  • Entre 30 y 35 meses: 10 meses de prestación.
  • Entre 36 y 42 meses: 12 meses de prestación.
  • Entre 43 y 47 meses: 16 meses de prestación.
  • A partir de 48 meses: 24 meses de prestación.

¿Cómo se pide la prestación por cese de actividad?

La prestación por cese de actividad se solicita en la Mutua en la que el trabajador autónomo tenga cubiertas las contingencias profesionales. El plazo de presentación se extiende hasta el último día del mes siguiente al que se cesó en la actividad.

La documentación que tendrás que presentar será la siguiente:

  • Solicitud de la prestación por cese de actividad.
  • Certificado de alta en la Seguridad Social como autónomo.
  • Justificante del pago de las cuotas de autónomo de la Seguridad Social.
  • Declaración de la renta del último ejercicio.
  • Certificado de cese de actividad que pruebe la causa.

Por lo tanto, la prestación por cese de actividad es una ayuda fundamental para los autónomos que se ven obligados, por diversas razones, a cerrar el negocio por causas ajenas a su voluntad.

Contacta con nosotros si quieres saber si cumples los requisitos para acceder a esta prestación, así como la cuantía y duración para tu caso.

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