Divoricos (compensación por trabajo doméstico)Divoricos (compensación por trabajo doméstico)

La compensación económica por razón de trabajo es una compensación a la que tiene derecho aquel cónyuge que se haya dedicado de forma sustancial al hogar, a los hijos o bien haya trabajado para el otro cónyuge, sin retribución o con retribución insuficiente, siempre que el otro cónyuge haya obtenido un incremento patrimonial gracias a esta dedicación. Resulta imprescindible que se den los dos requisitos de forma acumulativa, no siendo suficiente el cumplimiento de uno de los dos.

 

Diferencia entre compensación económica por razón de trabajo y pensión compensatoria

Es importante no confundir la compensación económica por razón de trabajo con la pensión compensatoria, dado que esta segunda figura jurídica tiene una razón de ser distinta, ya que pretende paliar el desequilibrio económico que nace como consecuencia de la ruptura matrimonial.

Así, podemos concluir que para saber si una persona tiene derecho a la compensación económica por razón de trabajo nos tendremos que centrar en lo ocurrido en el pasado (si ha habido esta dedicación al hogar, a los hijos, al negocio del otro cónyuge y si se ha producido un incremento patrimonial de éste) mientras que para saber si una persona tiene derecho a pensión compensatoria, deberemos analizar si en el futuro se produce un desequilibrio económico como consecuencia de la separación o el divorcio.

¿Cuándo tengo derecho a pensión por trabajo?

El objetivo de la pensión por razón de trabajo es intentar proteger a aquellas personas (normalmente mujeres) que, casadas en régimen de separación de bienes, se habían dedicado de forma exclusiva al hogar, a sus hijos o bien al negocio de su pareja, renunciando a su carrera profesional. Siempre que, gracias a esa dedicación, el otro miembro de la pareja (normalmente hombres) haya incrementado su patrimonio, al haber podido invertir todo su tiempo y energía al ámbito laboral.

Veamos el caso siguiente:

Imaginemos que cuando José y Laura se casaron 2008 en régimen de separación de bienes, Laura trabajaba como médico y era propietaria de un vehículo cuyo valor ascendía a 10.000€ y a una plaza de parking cuyo valor ascendía a 25.000€ y José trabajaba como ingeniero y era propietario de un inmueble valorado en 150.000€. Pasado el tiempo, y siendo que la pareja tiene tres hijos en común, Laura decide dedicarse al hogar y a sus hijos, hecho que conlleva que José pueda enfocarse de forma plena en su carrera profesional. En 2023 se produce la ruptura matrimonial y Laura decide reclamar a José una compensación económica por razón de trabajo, dado que aunque ella mantiene su coche y la plaza de parking, José además del inmueble que tenía en 2008, se ha podido comprar dos viviendas más que alquila mensualmente.

 

{{cta-blog-post-banner-2}}

¿Cuánto dinero puede solicitarse?

La normativa indica un máximo de una cuarta parta de la diferencia de los incrementos patrimoniales.

Para establecer dicha cuantía, se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:

  1. Duración e intensidad de la dedicación.
  2. Años de convivencia del matrimonio.
  3. Tipo de colaboración en el negocio.
También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€