En España, las personas diagnosticadas con cáncer disponen de un conjunto de derechos en el ámbito del trabajo cuyo objetivo fundamental es proteger a los trabajadores en una etapa de gran vulnerabilidad, y garantizar su estabilidad laboral durante todo el proceso de tratamiento y recuperación.

1. No revelar la enfermedad. De acuerdo con el derecho a la intimidad, recogido en la Constitución Española y en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores no tienen obligación de informar a la empresa sobre su enfermedad.

2. Incapacidad temporal (baja laboral). Los trabajadores que, debido al cáncer, no pueden desempeñar sus funciones laborales tienen derecho a una baja por incapacidad temporal. Durante este período, reciben una prestación económica que suele ser un porcentaje de su base reguladora, destinada a compensar la pérdida de ingresos mientras dure la enfermedad.

3. Protección contra el despido. En aquellos casos en los que la empresa empleadora conozca tu situación, ya sea de forma voluntaria o involuntaria, existen leyes que te protegen ante cualquier acto de discriminación. La legislación española prohíbe el despido de un trabajador basado en su enfermedad. Si se demuestra que el despido se debe al diagnóstico de cáncer, se considerará nulo por discriminación, y la empresa estará obligada a readmitir al trabajador y a abonar los salarios dejados de percibir.

4. Adaptaciones en el puesto de trabajo. Los empleados tienen derecho a solicitar adaptaciones razonables en su puesto de trabajo para facilitar el desempeño de sus funciones durante y después del tratamiento oncológico. Esto puede incluir modificaciones en el horario, tareas asignadas o condiciones del entorno laboral. Sin embargo, en la práctica, estas adaptaciones no siempre se implementan adecuadamente.

5. Permisos retribuidos para tratamientos médico. Los trabajadores pueden ausentarse del trabajo para asistir a consultas médicas, tratamientos o procedimientos relacionados con su enfermedad.

6. Derecho al Olvido Oncológico. A partir de 2023, se implementó la Ley del Olvido Oncológico, que protege a las personas que han superado un cáncer de ser discriminadas en ámbitos como la contratación de seguros o préstamos financieros. Esta ley establece que, tras cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaídas, no se puede exigir información sobre el historial oncológico.

7. Prestación por cuidado de menores con cáncer. Los progenitores o tutores de menores afectados por cáncer tienen derecho a una reducción de la jornada laboral de al menos el 50% para el cuidado del menor, con una prestación económica equivalente al 100% de la base reguladora en proporción a la reducción de jornada.

8. Propuestas de reformas para bajas médicas flexibles. El Gobierno ha planteado la posibilidad de introducir bajas médicas más flexibles, permitiendo a los trabajadores reincorporarse de manera gradual durante su tratamiento, como en casos de cáncer. Esta propuesta busca adaptarse a las necesidades individuales de los pacientes y está pendiente de desarrollo y aprobación.

Es fundamental que las personas afectadas por cáncer conozcan estos derechos para garantizar su protección laboral y acceder a los beneficios correspondientes durante su enfermedad y recuperación.

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