El IVA es un impuesto que grava casi todas las operaciones de venta de bienes y servicios. Aunque es un impuesto que abona el consumidor, son las empresas quienes tienen la obligación de ingresarlo en Hacienda. Sin embargo, hay determinadas actividades que están exentas de IVA. Es decir, a las que no se les aplica IVA. Tanto si eres autónomo como si tienes una empresa, esto te interesa.

¿Qué diferencia hay entre actividad exenta y no sujeta?

A veces exento y no sujeto pueden dar lugar a confusión. Y es que, aunque el resultado es el mismo en los dos casos: que no incluyen el IVA en sus facturas, las dos situaciones no son iguales:

  • En una actividad exenta de IVA no se repercute el IVA.
  • En una actividad no sujeta a IVA no se aplica el IVA.

Es fundamental entender esta distinción para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales. Puesto que, las operaciones no sujetas a IVA sí que pueden estar obligadas a otros impuestos, como el impuesto de transmisiones patrimoniales.  Sin embargo, las operaciones exentas sí pueden limitar la sujeción a otros impuestos.

¿Qué son las actividades exentas de IVA?

 Las actividades exentas de IVA son ciertas entregas de bienes y prestaciones de servicios donde el hecho imponible del impuesto ocurre, por lo que se debería aplicar el IVA. Es decir, están sujetas a IVA pero la Ley libera de esa obligación.

Por lo tanto, cuando se trata de una actividad exenta, no se debe incluir el IVA en la factura.

 

¿Qué actividades están exentas de IVA?

Las actividades exentas de IVA están reguladas en el artículo 20 de la Ley del IVA y son las siguientes:

Operaciones dentro de España

  1. Servicios postales. Son los servicios prestados por Correos (de carácter público).
  2. Asistencia sanitaria. Se refiere a servicios de diagnóstico, quirófano, transporte de ambulancia etc.
  3. Actividades educativas. Son la educación de la infancia y de la juventud, guarda y custodia de niños, enseñanza escolar, universitaria y postgraduados, enseñanza de idiomas y formación profesional, ya sea reciclaje o no.
  4. Asistencia social. Incluye la asistencia a la tercera edad o la protección de la infancia y de la juventud.
  5. Actividades culturales. Siempre que se presten desde entidades públicas o privadas de carácter social.
  6. Práctica del deporte. Servicios prestados a personas físicas por entidades de derecho público, federaciones deportivas, comités olímpicos españoles y establecimientos o entidades deportivas de carácter social.
  7. Operaciones financieras y de seguros. Se refiere a contratación de seguros y a operaciones con bancos como cuentas corrientes, transferencias o tarjetas de crédito.
  8. Loterías y apuestas. En general juegos de azar.
  9. Exenciones inmobiliarias. Se trata, por ejemplo, de los arrendamientos de viviendas o de las segundas y ulteriores entregas de edificaciones (que tributarán por ITP).

 Operaciones fuera de España

Estas exenciones en general tienen como objetivo fomentar actividades que se consideran beneficiosas para la sociedad, o evitar diferencias competitivas con otros países por distintos tipos impositivos. Son:

  1. Exportaciones. Entregas de bienes fuera de la Unión Europea.
  2. Entregas intracomunitarias de bienes o servicios.

 

¿Puedo deducirme el IVA si hago operaciones exentas?

Estar exento de IVA no tiene por qué ser una ventaja, ya que la exención en IVA de los ingresos de la empresa o persona física (IVA repercutido), a su vez produce la imposibilidad de deducir el IVA de los gastos (IVA soportado) en la mayoría de los casos. Esto se denomina exención limitada.

Los únicos casos que permiten la deducibilidad del IVA teniendo los ingresos exentos, es en las exportaciones y entregas intracomunitarias, lo que se denomina exención plena.

¿Cómo se hace una factura si estás exento de IVA?

 Si llevas a cabo alguna de las actividades exentas de IVA tus facturas deberán incluir la siguiente información:

  • Datos para que la factura sea válida: identificación de tu empresa, de la entidad o persona a la que facturas, número de factura, fecha, concepto e importe, entre otros datos).
  • La factura deberá incluir expresamente que se trata de una actividad exenta de IVA y se deberá citar la Ley del IVA y el artículo concreto que regula la exención.

¿Cómo saber si realizas una actividad exenta?

Si no tienes claro si una actividad está exenta de IVA, es necesario que:

  • Revises la Ley del IVA.
  • Consultes con un asesor fiscal. Nuestro equipo de asesores estudiará tu caso y clasificará tu actividad.

Entender las actividades exentas de IVA es importante para cualquier empresario o autónomo. Debes asegurarte de cumplir con las disposiciones legales y evitar inspecciones o sanciones de Hacienda. 

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