Ley de la segunda oportunidad

Te ayudamos a cancelar tus deudas para que puedas volver a empezar.
Por solo 1,990€ (IVA incluido) nuestros abogados expertos en Ley de la Segunda Oportunidad gestionarán todo el proceso para que puedas recuperar el control de tu economía, solicitando la cancelación de tus deudas (préstamos, tarjetas de crédito o facturas).

ME INTERESA
Ley de la segunda oportunidad

Desde enley, gestionamos la cancelación de tus deudas

¿Qué incluye?

  • Tramitación del Concurso de Acreedores sin masa (bienes) de persona física
  • Estudio de la documentación
  • Preparación y presentación de la demanda en el juzgado competente
  • Asesoramiento en todo momento de un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad
  • Solicitud de la cancelación de las deudas
  • Honorarios del procurador
  • Todas las tasas judiciales
  • Asistimos en los procesos legales para paralizar tus embargos (servicio adicional)

Cómo funciona

Cancela tus deudas en 6 sencillos pasos

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Es una ley aprobada en el año 2015, y reformada en 2022, cuya finalidad es ayudar a las personas que no pueden hacer frente a sus deudas a salir de esa mala situación económica en que se encuentran para poder volver a empezar. Por tanto, permite la tramitación de un procedimiento de Concurso de Acreedores de persona física similar al Concurso de Acreedores de las empresas. Permite cancelar hasta el 100% de las deudas, hasta un máximo de deuda de 10.000€ con Hacienda y de 10.000€ con la Seguridad Social. Además, paraliza los embargos y reclamaciones.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser una persona física residente en España o extranjero residente legalmente en España.
  • Demostrar la situación de insolvencia y no tener patrimonio.
  • Demostrar haber actuado de buena fe (ausencia de antecedentes penales e infracciones administrativas graves).
  • Que la deuda no sea mayor a 5 millones de euros. Que existan deudas con al menos dos acreedores diferentes.
  • No haberse acogido a esta Ley anteriormente al menos en 5 años.

¿Tengo un plazo para poder acogerme a la Ley?

Debes hacerlo, antes del transcurso de dos meses desde que conoces o debes conocer tu estado de insolvencia, o de lo contrario, podrías arriesgarte a perder la cancelación de tus deudas por no haber actuado de buena fe y haber seguido acumulando deudas a sabiendas de que no podrías pagarlas. Además, recuerda que uno de los requisitos para poder acogerte a la ley es no haberlo hecho ya en los últimos 5 años.

¿Es efectiva la Ley de la Segunda Oportunidad?

Sí, realmente es efectiva y funciona. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), más de 15.000 personas se han acogido a esta ley desde el año 2015, y han cancelado sus deudas.

Artículos sobre la ley de la segunda oportunidad en nuestro blog

¿Qué opinan de nosotros?

Preguntas frecuentes sobre la tramitación

La Ley de la Segunda oportunidad está dirigida a personas físicas y autónomos que se encuentran en una situación de insolvencia y no pueden hacer frente a sus deudas.

Permite a las personas físicas y autónomos cancelar sus deudas pendientes, de manera que puedan comenzar de nuevo su actividad económica sin la carga de las deudas acumuladas.

Puedes cancelar las siguientes deudas: préstamos, tarjetas de crédito, hipotecas (en casos determinados), microcréditos, facturas, deudas con proveedores, deudas con Hacienda de hasta 10.000€ y deudas con Seguridad Social de hasta 10.000€.

No puedes cancelar: pagos por alimentos (hasta el límite fijado legalmente), costes derivados de los procesamientos (mediador, administrador concursal o abogado), y deudas salariales del último mes (hasta el doble del Salario Mínimo Interprofesional) o hipotecas (en algunos casos), entre otras.

Si en el transcurso de tres años desde la concesión de la cancelación de las deudas ningún acreedor solicita la reapertura del concurso, las deudas desaparecen definitivamente y ya no se podrán reclamar.

No. La Ley determina que una vez se haya dictado el auto de confirmación de la cancelación de las deudas, la persona podrá solicitar salir inmediatamente de los ficheros de morosidad (ASNEF; RAI; etc) y de los informes de riesgo financieros (CIRBE).

Sí. Consúltanos y te explicaremos los trámites y gestiones que tienes que llevar a cabo.

Te asignaremos un abogado experto en Ley de la Segunda Oportunidad y, siempre que lo necesites, podrás ponerte en contacto con él desde tu Área Privada.

Todo el procedimiento para solicitar el concurso de acreedores sin masa (sin bienes) de persona física. En caso de que tengas bienes o patrimonio, te haremos un presupuesto a medida, ¡pregúntanos!.

Sí, contacta con nosotros y nuestros abogados te informarán del plan de pagos que hemos diseñado para que puedas pagar cómodamente los honorarios.

Sí, nos personamos en los procesos legales para paralizar tus embargos. Eso significa que nuestros abogados representarán legalmente tus intereses ante las autoridades judiciales. Estarán presentes en las audiencias y procedimientos relacionados con el embargo, actuando en tu nombre para proteger tus derechos legales y ayudarte a resolver la situación de manera favorable. Este servicio tiene un coste adicional.

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