Durante mucho tiempo las personas físicas han respondido con todo su patrimonio presente y futuro de sus deudas. Eso suponía que fuera imposible comenzar de nuevo y cancelar las deudas cuando existía un deudor de buena fe. Con la Ley de segunda oportunidad todo cambió. En este artículo, analizaremos qué significa ser un deudor de buena fe y por qué es esencial para acogerse a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué es un deudor de buena fe?

Un deudor de buena fe es aquella persona que, a pesar de encontrarse en una situación de insolvencia, ha actuado con transparencia, honestidad y responsabilidad en la gestión tanto de sus deudas como de su patrimonio, tanto en el momento en el que surgen como posteriormente.

La buena fe se refleja en varios comportamientos y acciones específicas que el deudor debe cumplir para ser considerado como tal.

Requisitos para ser considerado un deudor de buena fe

Para ser reconocido como deudor de buena fe y que se pueda aplicar la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar o reestructurar las deudas, se deben cumplir varios requisitos que derivan del artículo 487 de la Ley Concursal y que son los siguientes:

  • No haber sido condenado por delitos económicos. El deudor no debe haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración del concurso. Siempre que la pena sea igual o superior a la pena máxima señalada al delito en  el código penal. Este requisito no se aplica si se ha extinguido la responsabilidad penal y pecuniaria.
  • No haber sido sancionado por infracción muy grave. Puede tratarse de una infracción tributaria, del orden social o de la Seguridad Social que se haya producido en los diez años anteriores a la solicitud de la exoneración de la deuda, salvo que se hubiera pagado la responsabilidad. Y de haberlo sido, deben haber pasado al menos 10 años desde la resolución administrativa de esa sanción.
  • Que el concurso no haya sido declarado culpable. En estos casos hay una excepción si la culpabilidad es porque se haya incumplido el deber de solicitar el concurso.
  • Cooperación con el proceso concursal. El deudor debe haber cooperado con el proceso concursal y tendrá que haber proporcionado toda la información y documentación que se le pida de manera puntual y completa, tanto al juzgado, como al administrador concursal.
  • No haber proporcionado información falsa o engañosa.

Importancia del deudor de buena fe en la LSO

La calificación del deudor como deudor de buena fe es fundamental para el funcionamiento de la Ley de Segunda Oportunidad, ya que garantiza que solo aquellas personas que han actuado con diligencia puedan cancelar sus deudas. De esta forma se evitan abusos.

Beneficios para el deudor de buena fe

Si eres insolvente y se te considera deudor de buena fe, podrás acceder a diversos beneficios como los siguientes:

  • Exoneración del pasivo insatisfecho. Como deudor puedes liberarte de la mayor parte de tus deudas, por lo que tendrás la oportunidad de empezar de nuevo sin la carga financiera que te impide avanzar.
  • Protección del patrimonio. En algunos casos, podrás conservar tu vivienda habitual y otros bienes esenciales. No obstante, un abogado concursal debe revisar tus circunstancias particulares para asesorarte y determinar si es posible para ti o no.
  • Rehabilitación financiera. La exoneración de las deudas permite rehabilitar la situación financiera a la anterior del endeudamiento y comenzar desde cero.

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta muy valiosa para aquellas personas que se encuentran en una situación de insolvencia y necesitan una forma de comenzar de nuevo. Ser considerado un deudor de buena fe es uno de los requisitos esenciales para acceder a los beneficios de esta ley.

Si necesitas ayuda para cancelar tus deudas, contacta con nosotros para que estudiemos tu caso y verifiquemos si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. 

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