El preconcurso de acreedores es un procedimiento judicial que permite a una empresa o a una persona física (autónomos y particulares) en dificultades económicas, llegar a un acuerdo con sus acreedores para evitar, en la medida de lo posible, que la situación se vuelva irreversible y tener que solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Durante el procedimiento del preconcurso, la empresa o la persona física tiene la oportunidad de negociar con sus acreedores y presentar un plan de pagos para evitar la declaración de insolvencia.
El preconcurso puede durar hasta un plazo máximo de tres meses y puede ser solicitado por una persona física y por cualquier empresa que se encuentre en una situación financiera difícil, sin importar su tamaño o forma jurídica.
Si el preconcurso fracasa, en caso de que el deudor se encuentre en situación de insolvencia, tendrá la obligación de solicitar el concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes.
¿Qué efectos tiene?
Los principales efectos del preconcurso son los siguientes:
· Protección temporal frente a embargos y ejecuciones: este procedimiento permite que la empresa evite que sus acreedores inicien un proceso de embargo o ejecución. Además, suspende las ejecuciones que ya se hubieran iniciado.
· Negociación con acreedores: el preconcurso permite que la empresa pueda sentarse a negociar un acuerdo de pago con sus acreedores para poder cumplir con sus obligaciones.
· Posibilidad de continuar la actividad: para que las empresas pueden seguir operando con normalidad.
· Ganar tiempo para sanear la situación financiera: en algunos casosel preconcurso puede ser una herramienta útil para que la empresa se reorganice y sanee sus finanzas antes de estar obligada a solicitar el concurso de acreedores.
¿En qué se diferencia el preconcurso del concurso de acreedores?
El preconcurso, a diferencia del concurso de acreedores, es un procedimiento voluntario. En cambio, el concurso de acreedores se tiene que solicitar, obligatoriamente en un plazo de dos meses desde que se conoce, o se pudiera conocer, la situación de insolvencia por el deudor y, de no hacerlo, puede comportar consecuencias negativas para él.
Otra diferencia est que, en el preconcurso no se va a nombrar a ningún administrador concursal ni se van a suspender las facultades de administración del deudor, algo que sí puede ocurrir en el concurso de acreedores.
Además, en la tramitación del preconcurso existe la posibilidad de que no se haga pública la situación del deudor que lo tramita, mientras que en la tramitación del concurso de acreedores sí que se prevé la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la declaración de concurso del deudor.
En resumen, el preconcurso es un intento de evitar el concurso de acreedores a través de la negociación con los acreedores y reestructuración de la deuda, mientras que el concurso de acreedores es un procedimiento judicial en el que un juez dictamina la insolvencia del deudor y se nombra a un administrador concursal que liquidará el patrimonio del deudor. Y si estás teniendo dificultades tanto tú como tu empresa, no dudes en contactar con nuestros abogados expertos para conocer cuáles son tus opciones.