Divorcios 10 (cómo tributa la pensión compensatoria)Divorcios 10 (cómo tributa la pensión compensatoria)

Este tema puede generar muchas dudas y preocupaciones, especialmente si estás pasando por un proceso de separación o divorcio. Así, podemos afirmar con rotundidad que el hecho de separarte o divorciarte, no solo afecta a tu vida personal y emocional, sino que también tiene implicaciones patrimoniales y fiscales importantes. Por ello, en este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la tributación de la pensión compensatoria y cómo afecta a tu declaración de la renta.

Qué es la pensión compensatoria

La pensión compensatoria es una prestación a la que tiene derecho el cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibro económico.

Por ello, en un procedimiento de separación o de divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden pactar e incluir en el convenio regulador que acuerdan, una pensión compensatoria para compensar el desequilibrio económico que exista entre ambos como resultado de su separación o divorcio.

 

Cuando los cónyuges no puedan llegar por si mismos a los pactos y acuerdos en lo que rija su separación o divorcio, será el Juez el encargado de decidir en un Decreto o Sentencia, si uno de los cónyuges tiene derecho o no a pensión compensatoria y bajo qué criterios y circunstancias debe abonarse la mencionada prestación.

Como las necesidades de cada cónyuge son distintas, la pensión compensatoria puede prestarse de formas diferentes y debe constar de forma detallada en el convenio regulador que suscriben las partes o en el Decreto o Sentencia, dictado por el Juez:

·      De forma temporal: por ejemplo: los cónyuges pactan que A le abonará a B la cantidad de 500€ al mes durante cinco años.

·      De forma indefinida o vitalicia: por ejemplo: los cónyuges pactan que A abonará a B la cantidad de 500€ de forma vitalicia.

·      En una única prestación: por ejemplo: los cónyuges pactan que A abonará a B la cantidad de 5.000€ y con ello B se verá compensado.

Cómo se calcula

Se calcula teniendo en cuenta diversos factores, como la duración del matrimonio y la convivencia conyugal, la edad y el estado de salud de los cónyuges, sus ingresos, la existencia de hijos y su situación económica, la dedicación pasada, presente y futura a la familia, entre otros.

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Cómo tributa la pensión compensatoria

En términos simples, la pensión compensatoria tributa como rendimiento del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el cónyuge receptor, como ocurre con el resto de ingresos que perciben los trabajadores por cuenta ajena.

En otras palabras, se considera una renta y, por tanto, está sujeta a tributación en la base imponible del impuesto.

¿Cómo se debe declarar en la declaración de la renta?

El cónyuge pagador puede desgravarse los importes abonados en concepto de pensión compensatoria y el cónyuge receptor debe incluir la pensión compensatoria como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio en el que se recibe.

¿Qué porcentaje se debe tributar?

El porcentaje que se debe tributar dependerá del tramo de renta en el que se encuentre el cónyuge receptor. Como regla general, a medida que aumenta la renta, aumenta también el porcentaje que se debe tributar. Es importante tener en cuenta que existen deducciones y reducciones fiscales para situaciones como discapacidad, familia numerosa, etc.

¿Cómo afecta la pensión compensatoria a la declaración de la renta del pagador?

El pagador de la pensión compensatoria también tiene obligaciones fiscales. En esos términos, es importante tener en cuenta que la pensión compensatoria es considerada como un gasto deducible en la declaración de la renta del pagador. Esto significa que el pagador puede reducir su base imponible en el importe de la pensión compensatoria que ha pagado durante el ejercicio fiscal.

¿Qué ocurre en caso de fallecimiento del pagador?

El fallecimiento del pagador no extingue la obligación de pagar la pensión compensatoria, ya tenga ésta carácter temporal o vitalicio. Aun así, es importante hacer hincapié en el derecho que tendrán los herederos del pagador, a solicitar ante el Juez la reducción o supresión de la pensión compensatoria, en aquellos casos en los que con el caudal hereditario no se pueda satisfacer dicha pensión compensatoria o bien, en el caso que el cumplimiento de esta obligación de pago, afecte a los derechos de los herederos en la legítima.

¿Qué ocurre en caso de reconciliación?

Si los cónyuges se reconcilian y deciden volver a convivir juntos, la pensión compensatoria dejará de pagarse. Como ya hemos visto, la pensión se establece para compensar el desequilibrio económico que pueda existir entre los cónyuges tras la separación, por lo que si los cónyuges vuelven a convivir juntos, se entiende que este desequilibrio ya no existe.

¿Qué situaciones ponen fin a la pensión compensatoria?

El derecho a la pensión compensatoria se extingue por las siguientes causas:

1.      Por el cese de la causa que motivó ese derecho.

2.      Por contraer el acreedor nuevo matrimonio.

3.      Por convivir maritalmente el acreedor con otra persona.

En conclusión, la tributación de la pensión compensatoria puede afectar significativamente a la declaración de la renta del pagador, así como a la situación financiera del cónyuge que la recibe. Es importante recordar que cada caso es único y que puede haber diferentes circunstancias que afecten a la tributación de la pensión compensatoria. Por eso, es recomendable buscar asesoramiento legal y fiscal especializado para asegurarse de que se están tomando las decisiones adecuadas y se están cumpliendo todas las obligaciones fiscales.

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